Micelio
Auto15 de octubre de 2010

A- de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Fredy Antonio Mayorga Melendez  Y Otro·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Aplicación del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil para su procedencia
Principio De Intangibilidad De Sentencias
  • Agotamiento competencia funcional de juzgador una vez dictada sentencia con la cual culmina su actividad jurisdiccional
  • Rige el derecho procesal
Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Rechazar solicitud de aclaración sentencia T-101/10 por falta de legitimidad y extemporaneidad
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Los peticionarios realizan una solicitud de aclaración sobre varios puntos de la sentencia.

La Sala encuentra que los solicitantes no están legitimados para pedir la aclaración toda vez que no fueron parte dentro del proceso de la referencia, por lo que se decide rechazar la solicitud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaracion de la sentencia de tutela T- 101 de 2010 presentada Fredy Antonio Mayorga Melendez, presidente nacional de la Asociacion Sindical de Empleados del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, ASEINPEC, y Julio Roberto Gomez Esguerra, Secretaria General de la C.G.T y Miembro Titular del Consejo de Administracion de la Organizacion Internacional del Trabajo.
  2. Segundo. COMUNIQUESE esta providencia a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.